27 mujeres estudian acciones contra el juez David Maman
Al menos 27 mujeres se organizan y estudian posibles acciones legales tras compartir experiencias en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 8 de Madrid.

Al menos 27 mujeres que pasaron por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 8 de Madrid se están organizando y estudian posibles acciones legales relacionadas con el trato que, según sus testimonios, recibieron durante sus procedimientos. Las acciones colectivas contra el juez David Maman están, por tanto, en fase de valoración: no consta que se haya interpuesto formalmente una denuncia colectiva.
Durante mucho tiempo, algunas de ellas entendieron lo ocurrido en sala como una experiencia aislada. Al compartir sus relatos, identificaron elementos coincidentes y comenzaron a documentarlos. La existencia de coincidencias no acredita por sí sola un patrón de actuación ni una responsabilidad jurídica, pero sí permite que los organismos competentes examinen las experiencias con las garantías debidas.
Fuente principal y actualización institucional
Este artículo parte de la información publicada por Diana Valdecantos en Artículo 14 el 30 de abril de 2026: «Las víctimas preparan una denuncia colectiva contra el juez Maman». Nuestra redacción precisa que las mujeres se organizan y estudian posibles acciones legales, sin presentar esa acción colectiva como formalmente interpuesta.
La situación disciplinaria incorpora la actualización publicada el 21 de julio de 2026: el promotor propuso el archivo, pero la Comisión Permanente del CGPJ aplazó la decisión final por falta de acuerdo.
De «me pasó a mí» a una experiencia compartida
La información fue publicada el 30 de abril por Artículo 14, que recogió testimonios de mujeres que habían acudido al juzgado del que es titular el magistrado David Maman Benchimol.
María, una de las fundadoras de Madres Protectoras Madrid, resumió ese cambio de perspectiva: «Han pasado del “me ha pasado a mí” al “esto nos está pasando”».
La frase no convierte todos los procedimientos en casos idénticos ni prueba que las decisiones judiciales fueran incorrectas. Describe el momento en que varias mujeres dejan de analizar sus experiencias de forma completamente separada y deciden compararlas, ordenarlas y valorar vías de actuación.
Qué describen los testimonios de las 27 mujeres
Según los relatos publicados, las mujeres señalan experiencias como:
- interrupciones durante sus declaraciones y dificultades para expresarse con normalidad;
- inadmisión de testigos o pruebas que ellas consideraban relevantes;
- limitaciones que, según afirman, afectaron a la intervención de sus abogadas;
- falta de valoración del contexto previo de violencia o riesgo;
- percepción de trato desigual entre las partes;
- decisiones que, desde su experiencia, aumentaron su sensación de desprotección.
También se han difundido relatos de un trato que algunas mujeres califican de agresivo, humillante o revictimizante. Son testimonios y valoraciones de las afectadas, no hechos declarados probados por una resolución. Deben ser analizados de forma individual y, si corresponde, investigados por las vías competentes, respetando los derechos y garantías de todas las partes.
Cuando hay hijos e hijas menores, las decisiones sobre custodia, visitas, medidas de protección o valoración del riesgo pueden repercutir en toda la familia. Esa dimensión explica por qué las mujeres reclaman que sus experiencias sean escuchadas y examinadas, pero no permite anticipar el resultado jurídico de ninguna actuación.
Quejas de organizaciones y diligencia del CGPJ: una vía distinta
El asunto adquirió dimensión pública después de difundirse unas declaraciones realizadas por el magistrado el 18 de febrero en una actividad formativa del Colegio de la Abogacía de Madrid. En esa intervención cuestionó el uso de determinadas medidas de protección, habló de supuestas «ventajas» para las mujeres que denuncian y utilizó expresiones sobre una posible manipulación de hijos e hijas por parte de las madres.
Organizaciones feministas pidieron que esas manifestaciones fueran examinadas. La Asociación de Mujeres Juezas de España publicó un comunicado sobre su posible impacto en la confianza de las víctimas, y el Ministerio de Igualdad remitió una queja al órgano de gobierno de los jueces por considerar que las palabras podían ser incompatibles con la imparcialidad exigible.
El 27 de abril, el Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial abrió una diligencia informativa para estudiar las quejas recibidas sobre esas declaraciones públicas.
Estas quejas no son la posible acción colectiva de las 27 mujeres. Tampoco la diligencia informativa equivale a un expediente sancionador ni establece que exista una infracción: es una actuación previa para decidir si corresponde continuar por la vía disciplinaria.
Actualización del 21 de julio: el archivo no era firme
En julio, el promotor de la acción disciplinaria propuso archivar la diligencia al considerar que las declaraciones no eran sancionables. Sin embargo, la propuesta necesitaba el aval de la Comisión Permanente del CGPJ.
El 21 de julio, la Comisión Permanente examinó el asunto, pero aplazó su decisión por falta de acuerdo. A fecha de actualización de este artículo, 22 de julio de 2026, la decisión final seguía pendiente y la propuesta de archivo no había cerrado de forma definitiva las diligencias.
La situación puede resumirse así:
- Testimonios: 27 mujeres han compartido experiencias sobre sus procedimientos y estudian posibles vías legales.
- Quejas: organizaciones y el Ministerio de Igualdad reaccionaron ante las declaraciones públicas del magistrado por cauces propios.
- Diligencia informativa: el promotor del CGPJ abrió una actuación previa para examinar las quejas recibidas.
- Propuesta de archivo: el promotor propuso cerrar esa diligencia al no apreciar una conducta sancionable.
- Decisión final: la Comisión Permanente aplazó su respuesta y, el 22 de julio, todavía no había adoptado una decisión definitiva.
Cuando la respuesta institucional aumenta el daño
La violencia institucional y la victimización secundaria permiten analizar situaciones en las que la respuesta de una institución, por acción u omisión, puede aumentar el daño de quien acude buscando protección. Pueden incluir la falta de escucha, la minimización del relato, la repetición innecesaria de experiencias traumáticas o decisiones que no integren adecuadamente el contexto de violencia.
Este marco ayuda a comprender lo que denuncian muchas madres, pero no debe utilizarse para declarar probado lo que corresponde investigar. En nuestra explicación sobre violencia institucional y justicia patriarcal abordamos el concepto, sus límites y el impacto que puede tener la revictimización.
Pedir que se documenten y revisen posibles malas prácticas no es atacar a la Justicia. Es reclamar una respuesta rigurosa, imparcial, especializada y respetuosa hacia quienes buscan protección.
Documentar, acompañar y exigir respuestas
Desde Madres Protectoras Madrid defendemos la importancia de:
- escuchar a las mujeres sin prejuicios ni estereotipos;
- documentar y comparar con rigor testimonios que describen experiencias similares;
- garantizar una evaluación adecuada del riesgo para madres, hijos e hijas;
- facilitar mecanismos accesibles para presentar quejas;
- reforzar la formación especializada y la supervisión institucional;
- evitar la revictimización durante los procedimientos.
La organización colectiva no sustituye el análisis jurídico de cada caso. Puede, sin embargo, hacer visible aquello que permanecía oculto mientras cada mujer pensaba que estaba sola. Quien quiera conocer mejor el trabajo y los límites del colectivo puede consultar quiénes somos, nuestra biblioteca de recursos o las vías de contacto.
No estás sola
Si estás viviendo una situación de violencia o necesitas información y asesoramiento profesional, el servicio público 016 ofrece atención por teléfono, WhatsApp, correo y chat. El teléfono es el 016, el WhatsApp es el 600 000 016 y el correo es 016-online@igualdad.gob.es. Ante una emergencia inmediata, llama al 112.
También puedes consultar nuestra sección La salida existe para diferenciar recursos de emergencia, orientación profesional y acompañamiento entre madres.
Nota editorial: este artículo diferencia entre testimonios, quejas, diligencias disciplinarias y hechos acreditados. Las mujeres se organizan y estudian posibles acciones legales; no presentamos una denuncia colectiva como formalmente interpuesta. A 22 de julio de 2026 tampoco existía una resolución firme que declarase responsabilidad disciplinaria o penal del magistrado.
Esta información es divulgativa y no sustituye el asesoramiento jurídico, psicológico o social profesional.
