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Infancia

Hijas e hijos: víctimas directas de violencia de género

La ley española y la investigación reconocen a hijas e hijos como víctimas directas de la violencia de género, no como simples testigos.

Acuarela violeta de dos criaturas con luz propia bajo un arco de hojas protectoras junto a una figura adulta.

Las hijas y los hijos que viven violencia de género en su entorno familiar no son simples testigos. La ley española los reconoce como víctimas y exige una respuesta propia para su protección, atención especializada y recuperación. La investigación sobre violencia familiar ayuda a comprender por qué mirar únicamente lo que le ocurre a la madre deja una parte esencial del daño fuera del análisis.

Investigación analizada: Noemí Pereda Beltran, Alba Águila Otero y Laura Andreu Batalla, Grupo de Investigación en Victimización Infantil y Adolescente de la Universidad de Barcelona; El maltrato y la exposición a violencia familiar, editado por UNICEF España y publicado el 23 de enero de 2025. Los datos se recogieron durante el curso 2022–2023 y no miden específicamente violencia de género ni violencia vicaria.

Qué reconoce la ley española

La Ley Orgánica 8/2015 modificó la Ley Orgánica 1/2004 para incluir expresamente entre sus fines la asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y a las personas menores sujetas a su tutela, guarda o custodia, como víctimas de esta violencia.

La LOPIVI reforzó este enfoque. Su artículo 29 establece que las administraciones deben prestar especial atención a quienes conviven en entornos familiares marcados por la violencia de género y contemplar conjuntamente la recuperación de la persona menor de edad y de la madre, ambas víctimas.

Este reconocimiento cambia la pregunta. Ya no basta con saber si una criatura vio una agresión. Hay que valorar qué violencia ha sufrido, cómo ha afectado a sus derechos y qué respuesta necesita de forma individual.

Qué aporta el estudio de UNICEF España

El estudio de UNICEF España se basa en las respuestas de una muestra representativa de 4.024 adolescentes de 14 a 17 años. Analiza violencia familiar en sentido amplio: maltrato directo por figuras cuidadoras y exposición a violencia dentro del hogar.

Sus resultados indican que el 26 % declaró alguna forma de violencia familiar, directa o indirecta, durante el último año. En la tabla de experiencias de victimización:

  • el 20,9 % informó de maltrato por parte de figuras cuidadoras;
  • el 14,2 % estuvo expuesto a violencia familiar;
  • el 13 % informó de violencia verbal entre progenitores;
  • el 2,5 % informó de violencia física entre progenitores.

Las chicas presentaron una prevalencia mayor: el 19,7 % declaró exposición a violencia familiar, frente al 8,5 % de los chicos. El propio informe pide interpretar estas diferencias con perspectiva de género.

Lo que estas cifras no permiten afirmar

El estudio no pregunta exclusivamente por violencia de un hombre contra su pareja o expareja, ni identifica cuántos casos son violencia vicaria. Por tanto, sus porcentajes no pueden presentarse como la prevalencia de violencia de género en la infancia.

Sí muestran algo relevante para la protección: la exposición a violencia familiar es una experiencia de victimización que puede medirse por separado y que afecta directamente a adolescentes. También muestran por qué las encuestas que escuchan a la propia infancia aportan información que no aparece en registros de denuncias o víctimas mortales.

El daño no depende de recibir una agresión física

UNICEF resume evidencia que asocia la exposición a violencia familiar con posibles efectos inmediatos y a largo plazo en la salud, la educación, las relaciones y el bienestar emocional. Esto no significa que todas las niñas y niños reaccionen igual ni permite diagnosticar a una persona desde un artículo.

La respuesta debe adaptarse a cada situación. La LOPIVI incluye dentro de la violencia sobre la infancia el maltrato psicológico o emocional, las amenazas, las humillaciones, el trato negligente y la presencia de cualquier comportamiento violento en el ámbito familiar. Esperar a que aparezca una lesión física deja sin nombre muchas experiencias de daño.

Proteger exige escuchar sin trasladar la carga

Reconocer a niñas, niños y adolescentes como víctimas directas implica:

  1. Evaluar sus necesidades propias, no tratarlas como una extensión del caso de una persona adulta.
  2. Ofrecer información comprensible según su edad y madurez.
  3. Escuchar sin presionar, sin obligarles a elegir ni a sostener una decisión que corresponde a personas adultas e instituciones.
  4. Coordinar la respuesta de servicios sociales, educativos, sanitarios, policiales y judiciales cuando sea necesario.
  5. Proteger su intimidad, evitando exponer relatos, imágenes, colegios, rutinas o datos de procedimientos.

La protección de la infancia y la recuperación de la madre no compiten entre sí. La ley ordena contemplarlas conjuntamente porque la violencia de género puede dañar a ambas de maneras relacionadas y, al mismo tiempo, distintas.

De «testigos» a titulares de derechos

Las palabras importan porque orientan la respuesta. Llamar «testigo» a quien vive miedo, control, amenazas o violencia en su hogar puede reducir su experiencia a lo que observó. Llamarla víctima directa reconoce que tiene derechos propios a la protección, la información, la escucha y la recuperación.

Para comprender cómo la instrumentalización busca dañar a la madre a través de sus criaturas, lee qué es la violencia vicaria. Si necesitas información práctica, consulta La salida existe: por dónde empezar y acude a los servicios oficiales competentes.


Este contenido es divulgativo y no sustituye el asesoramiento jurídico, psicológico, sanitario o social profesional. Ante un peligro inmediato, llama al 112.